17 enero, 2022
Al solicitar una hipoteca con una entidad financiera, puede cuestionarse si existe alguna diferencia entre una hipoteca para una persona física y una jurídica.
Si usted es dueño de un negocio, es posible que se pregunte si es mejor para usted solicitar un crédito a su nombre oa nombre de su empresa.
¿Son sus requisitos los mismos? ¿Obtendrá mejores beneficios? En ACM Asesores te ayudamos a aclarar estas y otras dudas sobre este tema.
Hipoteca.- En primer lugar, una hipoteca es un crédito que concede un banco a una persona física o jurídica para constituir en garantía la propiedad de un inmueble. El deudor firma el documento, y si el pago no se cumple, el banco puede quedarse con la propiedad hipotecada mientras se forma la carta de crédito.
Por lo general, el interés es menor que el resto del préstamo que otorga el banco, y el plazo es mayor debido a la garantía real.
En otras palabras, el banco confía en que recuperará los fondos otorgados de una forma u otra. Hasta el momento, no existe distinción entre hipotecas de personas físicas y jurídicas, ya que se seguirá el mismo procedimiento independientemente del deudor.
Diferencia entre hipoteca personal y corporativa Comienza descubriendo la diferencia entre una persona física y una jurídica antes de analizar qué significa eso al solicitar una hipoteca.
Personas naturales y jurídicas.- Se entiende por persona natural a todos los individuos y personas que gozan de la posibilidad de ejercer derechos y contraer obligaciones en el mundo jurídico.
Por otro lado, se crean empresas, instituciones, fundaciones e incluso entidades gubernamentales con personalidad jurídica en virtud de su constitución.
Esta personalidad jurídica les permite contraer derechos y obligaciones en su conjunto, distintos de las personas que la integran. Al poder tener derechos y obligaciones, una empresa puede presentarse ante una entidad financiera como deudor sin ningún inconveniente.
En el primer caso, la persona será la única responsable ante el banco. Mientras que en el caso de las personas jurídicas, éstas no responderán con los bienes de sus socios sino con los bienes de la sociedad.
Exigir El monto de cobro requerido por una entidad bancaria es la principal diferencia entre una hipoteca personal y una persona jurídica.
Aunque la verdad es esencialmente la misma, solo hay diferencias naturales. Por ejemplo, en lo que respecta a la identidad de una persona física, será un asunto muy simple, pero para una empresa, debe presentar sus documentos de registro de la empresa.
En ambos casos, se requiere documentación que acredite la capacidad financiera y solvencia del Ministerio de Hacienda.
Pero en el caso de las empresas, también tienen que acreditar que están al corriente en la Seguridad Social.
La determinación de los intereses depende de factores como el monto financiado, el plazo requerido, la solvencia económica, etc., por ejemplo con una hipoteca verde.
Por lo tanto, estos pueden variar, ya sea que se trate de un individuo o de una entidad.
Si deseas saber más respecto a qué tipo de financiamiento puede convenirte más puedes contactarnos y estudiaremos tu caso con el mayor detalle.